Cuánto debo pagar de pensión de alimentos

El importe de la pensión de alimentos en un procedimiento de separación o divorcio con hijos menores de edad o mayores dependientes económicamente de los padres (por ejemplo, porque estén estudiando), es una de las preguntas que con mayor frecuencia se escuchan en los despachos de abogados.

Cálculo de la pensión de alimentos

La pensión de alimentos en estos procedimientos es la cantidad que ha de abonar un progenitor a otro para los hijos. La pensión de alimentos se puede dar también cuando hay establecida una guarda y custodia compartida sobre los hijos, siempre que haya una disparidad de salarios entre los progenitores. En este caso, se puede y debe establecer la obligación del pago de alimentos de un progenitor a otro.

Además de ser uno de los temas más recurrentes en los despachos de abogados, también es uno de los que generan una mayor litigiosidad. Esto es debido a que el Código Civil no establece una cantidad determinada a abonar un progenitor a otro, sino que solamente dice que el importe de los alimentos estará en función de los ingresos del progenitor que paga y de las necesidades del progenitor que recibe.

Para ayudar a determinar el importe de la pensión de alimentos, el Consejo General del Poder Judicial ha elaborado unas tablas orientativas. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que estas baremaciones no son vinculantes para los Juzgados y Tribunales, sino que es el Juez o Tribunal el que determina esta cantidad en función de su apreciación de las necesidades de los hijos (teniendo en cuenta todos sus gastos, no solo los básico, sino también los gastos de colegio, ocio, transporte, salud, etc.) y la capacidad económica de ambos progenitores (ingresos).

Si necesita conocer la cantidad a pagar por la pensión de alimentos, en Narbona Abogados, como abogados especialistas en derecho de familia en Sevilla, podemos orientarle sobre el importe de la pensión de alimentos que pueda establecer el Juez o Tribunal basándonos en las Sentencias ya existentes de las distintas Audiencias Provinciales. Para ello puede enviarnos un correo electrónico a través de nuestra página web, en el apartado de CONTACTAR (www.narbonaabogados.com/contactar-con-su-abogado/), e indicarnos los ingresos de ambos progenitores y el número y edad de los hijos.